¿Volver a las aspersiones? La lucha contra el narcotráfico con menos ciencia y derechos humanos.
Autoras: Alejandra Velásquez Díaz y Catalina Oviedo Delgado
15 años de aspersiones con glifosato han demostrado su baja“efectividad” y los efectos negativos sobre los ecosistemas, la biodiversidad y los seres humanos. Por eso resulta imposible hablar de un piloto que no afecte a quienes habitan (humanos y no humanos) las zonas que serían “puestas a prueba”.
En este debate las Cortes han utilizado las pruebas científicas y el conocimiento local para reconocer el daño causado por el uso de glifosato de manera aérea, es por eso que se hace necesario recordar los avances que tenemos en esta materia. Dentro de sus fallos se resaltan las sentencias SU-545 de 2023 y T-236 de 2017, y el Decreto 380 de 2021, citados constantemente en el debate de control del pasado 30 de septiembre.
Sin embargo, hay otros pronunciamientos de la Corte Constitucional que es necesario tener presentes, los dos, hablan de realidades localizadas en el mismo municipio, en el mismo departamento: Guaviare; que si bien no será objeto del “piloto”, su población estaría en inminente riesgo de volver ser victimizada.
La sentencia T-080 de 2017, que protege al pueblo Carijona, en Guaviare, frente a la aspersión aérea con glifosato, qué, entre otras cosas reconoce que esta actividad: “pone en grave peligro la supervivencia física, cultural y espiritual del pueblo indígena, además de dañar la salud, las fuentes de agua y la seguridad alimentaria“. Esta sentencia que obligó al Estado Colombiano reparar a la comunidad Carijona frente a los daños (a la salud, a la cultura, a su vida) causados por la Fumigación con Glifosato. Por otra parte, se encuentra la sentencia T-246 de 2024, reconoce que “el Gobierno Nacional incumplió sus compromisos” con 942 familias en materia de sustitución de cultivos de uso ilícito en Miraflores, Guaviare, en la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución (PNIS). Un aspecto importantísimo de este fallo, es que evidencia que hubo una fuerte voluntad de la población campesina para transitar hacia otras formas de ingreso y que el Estado Colombiano decidió omitir. En ese sentido, la sentencia nos dice que para el tránsito de economías ilícitas no es necesario castigar a la población, sino que se requiere cumplimiento en la inversión y un acompañamiento efectivo, como se le propuso inicialmente al campesinado.
Durante el debate de control político sobre la reactivación de control de cultivos de hoja de coca con aspersión, esta vez con glufosinato de amonio, el Ministerio de Ambiente planteó un falso debate sobre la relación entre el control mediante aspersión y la deforestación. Esta discusión ya ha sido superada gracias a diversas investigaciones que demuestran que la deforestación es un fenómeno complejo, que exige fortalecer a las comunidades que habitan estas zonas y comprender las estructuras más amplias que están detrás (por ejemplo, la relación de la deforestación con la ganadería a gran escala).
Parece obvio, sin embargo, hay que decirlo: el daño a la biodiversidad causado por la aspersión no representa una mejora frente al avance de la deforestación, mucho menos frente a los compromisos que tiene Colombia en los tratados internacionales de carácter ambiental como lo es el Convenio de Diversidad Biológica y de cambio climático.
Esta cartera también destacó la importancia del piloto porque permitiría decidir con la “mejor ciencia disponible”1 . No obstante, el representante de la cartera parece olvidar que esa misma noción inducida por la CIDH, incluye de forma explícita “los saberes tradicionales, locales e indígenas como un complemento fundamental e inseparable de la mejor ciencia disponible”. Por tanto, preguntamos: ¿se ha pensado en un piloto en el que los saberes locales y campesinos hagan parte de ese cuerpo científico que oriente mejores decisiones? Las comunidades cuentan con amplia experiencia frente a las consecuencias negativas que tiene la aspersión en sus territorios y estamos convencidxs de que de ellas surgirían programas y acciones más eficaces.
1. Argumento justificado citando la Opinión Consultiva 032 de 2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre emergencia climática.
Con lo anterior en mente, ¿de verdad vale la pena?
El Ministerio de Defensa informó que, de las 40.000 hectáreas con cultivos de uso ilícito en Putumayo, solo 10.000 serían objeto del piloto, pues el resto del territorio no cumple con las condiciones de exclusión fijadas por la Corte, el Dec. 380 y la Resolución 007. ² Frente a esto, preguntamos: el “esfuerzo” administrativo y económico, los costos humanos, la angustia de las comunidades vecinas y el riesgo de que los cultivos se desplacen hacia parques y otras zonas donde no es posible asperjar, ¿realmente vale la pena realizar este piloto? ¿La aspersión área realmente podrá detener el cultivo de hoja de coca? Hay estudios, reportajes, reclamos y muchas voces indicando por qué no sirve esta aproximación al problema; ¿por qué los oídos sordos?
Después del nefasto debate nos surgen unas últimas preguntas: entonces ¿realmente se está haciendo uso de la mejor ciencia disponible para activar la estrategia de lucha contra el narcotráfico? ¿por qué a pesar de los datos se continúa insistiendo con que la aspersión es un buen método para el control de los cultivos? pareciera entonces que la lucha contra el narcotráfico es la lucha más anticientífica de la última década.
Las justificaciones no son suficientes, sobre todo cuando existen propuestas concretas de planes de inversión para la sustitución y de otras formas, más cercanas a las comunidades y promisorias, para el control de estos cultivos.
Ninguno en este debate defiende la prolongación de este tipo de economía, pero, PERO, muchxs abogamos por acciones que pongan en primer lugar la defensa de los derechos humanos y la dignidad de las comunidades afectadas, quienes son protagonistas fundamentales en la construcción de alternativas económicas que permitan la conservación y el cuidar el ambiente.
Finalmente, recordamos que el tránsito de economías ilegales a legales hace parte de la construcción de paz, quedó en el Acuerdo de Paz de 2016; y ésta no es solo entre humanos, sino también con la naturaleza y lugares que habitamos y compartimos con otros seres. Esta construcción no es posible mediante la imposición, el miedo ni la amenaza.
Amigx lector, si se informa y se apropia de este tema, juntxs podremos incidir para que se tomen decisiones que respeten la vida en su máxima dimensión, ahí sí como dicen, con base en la mejor ciencia disponible, una que respeta la construcción de conocimiento conjunta.
2. En la S-236-17 la Corte presenta unos requisitos o condiciones para que se decida sobre la aspersión: (i) propone que la regulación técnica y ambiental se diseñe por una entidad independiente de las entidades encargadas de ejecutar los programas; (ii) explica el principio de precaución (un proceso de toma de decisiones para prohibir la aspersión en casos en que se cumplan las condiciones de este principio),(iii) la realización de consulta previa; (iv) la presentación de un plan de manejo ambiental que debe aprobar el ANLA; (v) no realizar aspersión en zonas sensibles como territorios de comunidades étnicas (no sin realizar consulta previa), parques nacionales y áreas protegidas, centros poblados, viviendas y fuentes hídricas.
El Dec. 380 de 2021 formaliza estas prohibiciones, en el art. 2.2.2.7.2.1. el CNE “debe excluir las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales y los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados”
Finalmente, la Resolución 007 de 2026, en su art. 7, afirma que “Las áreas seleccionadas para la realización del proyecto piloto no comprenderán: resguardos, territorios colectivos, asentamientos, zonas campesinas, áreas de uso o tránsito tradicional, sitios sagrados o cualquier espacio en el que pueda configurarse afectación directa a comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras o al pueblo Rrom.”.




