Los mercachifles de las Zonas de Reserva Campesina: Algunas reflexiones políticas desde la colaboración al proceso de constitución de La Guardiana del Chiribiquete en Calamar-Guaviare
Escrito Por:Daniel Dueñas. Autor. Co-autora: Catalina Oviedo.
“De alguna u otra forma, la idea de integrar los avances en estrategias como las Unidades Ambientales para la Paz de la Gobernación es una decisión política que ha surgido de las conversaciones con los compañeros campesinos, que han reconocido la necesidad de “enamorar” a los actores institucionales y convencerlos de que todo esto de la ZRC vale la pena.“
Desde hace algunos años CEALDES viene acompañando la constitución de una nueva Zona de Reserva Campesina en el departamento del Guaviare. Se trata de la que fue bautizada a mediados de 2023 en la asamblea de la Asociación Campesina ASCATRUI como “La Guardiana del Chiribiquete”.
La Guardiana tiene una extensión aproximada de 184 mil hectáreas, está compuesta por 26 juntas de acción comunal de igual número de veredas y 9 organizaciones sociales con distintos objetivos. Allí viven unas 3.600 personas, diversas en términos culturales, de clase y de procedencia por región del país.
A diferencia de otras Zonas de Reserva Campesina, La Guardiana, de constituirse, no implicará la sustracción de la zona de reserva forestal de la Ley 2ª de 1959. Esto supone que la vocación del suelo, que establecen las normas ambientales para la reserva forestal de la Amazonía, no cambie y que se mantenga la naturaleza jurídica del espacio, es decir, seguiremos hablando de baldíos inadjudicables de la nación.
En alguno de los últimos viajes a Calamar charlamos con algunos funcionarios de la Gobernación sobre el avance de este proceso y, especialmente, sobre esta particularidad de La Guardiana. La intención de acercarnos a los funcionarios de distintas entidades parte de reconocer que el trabajo que estas instituciones han realizado podría ser útil para la construcción del Plan de Desarrollo Sostenible de la Zona Reserva Campesina, pero, sobre todo, que recogerlo permitirá que los compañeros campesinos tengan que asumir menos tareas cotidianas vinculadas a la grandísima cantidad de procesos, talleres y espacios que hay en curso en esta región del país.
También es cierto que hemos buscado estas conversaciones, pues reconocemos que la ZRC es un proyecto que debe ser negociado políticamente con entidades y funcionarios del Estado que, históricamente y por diversas circunstancias, han estado alejados del reconocimiento al sujeto campesino en la macroregión amazónica. De alguna u otra forma, la idea de integrar los avances en estrategias como las Unidades Ambientales para la Paz de la Gobernación es una decisión política que ha surgido de las conversaciones con los compañeros campesinos, que han reconocido la necesidad de “enamorar” a los actores institucionales y convencerlos de que todo esto de la ZRC vale la pena.

En la conversación en la Gobernación, una funcionaria nos hizo una pregunta que nos hemos planteado con insistencia en CEALDES ante la multiplicación, durante el último gobierno, de procesos de constitución de ZRC y frente al lugar que ha venido tomando nuestra asociación a los ojos de cooperantes y colegas de otras organizaciones, y que lleva a Tomás a decir en chiste que dentro de poco seremos los “mercachifles1” de esta figura de ordenamiento territorial.
“Yo les voy a preguntar algo que en público no puedo —nos dijo una funcionaria que ha acompañado este proceso mientras comíamos buñuelo con tinto en su oficina— y, pues sabiendo que somos de confianza, es que lo hago. ¿Por qué ven en la ZRC una herramienta que da más ‘seguridad’ a los campesinos que viven en zona de reserva forestal si al final la vocación no cambia? Si ustedes me preguntan, yo creo que el Acuerdo 315 de 20232 es un buen instrumento para darle a los campesinos un derecho individual que yo sí creo que les da más seguridad sobre la tierra.”
Lo primero que hay que reconocer es que la pregunta recoge una preocupación legítima, que en el caso del Guaviare se conecta al hecho de que la Zona de Reserva Campesina existente, la que fue creada en 1997, no ha sido un vehículo para el cumplimiento de los fines de esta figura de ordenamiento. Por el contrario, la sustracción de la reserva forestal y la figura misma hacen parte de un escenario en donde se ha dado un furioso proceso de acaparamiento de tierra que sigue activo y que ha acompañado las dinámicas y condiciones impuestas por el conflicto armado que hace parte de la vida cotidiana de los guaviarenses.
Caminarle a esta figura de ordenamiento territorial en espacios cuya naturaleza jurídica no se transforma y en donde las dinámicas del conflicto siguen estando tan presentes, hace que sea indispensable dar una reflexión constante para que el trabajo del día a día, con todas sus urgencias, no nos convierta en unos mercachifles de una figura que en este momento es apoyada por algunos funcionarios del Estado y cooperantes, siempre anhelantes de eslóganes de fácil venta y consumo en el discurso público.
Aquella mañana en la Gobernación le respondimos a la compañera recogiendo algunas de las conversaciones que hemos dado sobre nuestro trabajo. Lo primero fue aceptar que la no sustracción del área de reserva forestal hace que la titulación y el surgimiento de la propiedad privada sea imposible. En este sentido, la famosa seguridad jurídica individual que se considera brinda el título de propiedad, y que es un objetivo de las personas que viven en esta región, sigue estando a varios escalones de distancia.
Si se parte del hecho de que la Zona de Reserva Campesina no transformará el uso de la tierra, entonces la figura no cumple con uno de los objetivos principales de los movimientos sociales campesinos: propiciar el acceso, como propietarios, a las fincas que ocupan desde hace décadas.

Sin embargo, y acá empieza de algún modo la respuesta, el hecho de que esta área siga siendo definida como un baldío de la nación implica que cualquier paso que se dé para que el Estado y sus instituciones reconozcan que allí hay poblaciones campesinas es un paso en el camino correcto.
Es una estrategia que juega, primero, con las jerarquías normativas. La creación de una ZRC moviliza unas decisiones y acciones administrativas de más “valor” normativo que aquellas que pueden desprenderse de la expedición de un acto, como el 315, en el que la ANT reconoce el uso individual de un baldío inadjudicable.
“Echar para atrás o meter en la nevera una ZRC es más difícil que hacerlo con un acto administrativo que reconoce un derecho al uso individual”, le decía Catalina esa mañana a la compañera, intentando mostrar que la idea de “seguridad jurídica” no depende únicamente de las decisiones del Estado relacionadas al reconocimiento de la relación individual, bien a través de la propiedad o bien a través del uso, que entabla alguien con la tierra.
Lo segundo es que este instrumento de ordenamiento jurídico redistribuye el poder de negociación sobre asuntos centrales, como aquellos relacionados a la gobernanza ambiental, y de ahí también la resistencia que esta figura genera entre algunas entidades del sector ambiente.
La ZRC es una figura de ordenamiento de segundo nivel y, por esta razón, es una herramienta para que los campesinos organizados interactúen e interpelen a las instituciones del Estado que, históricamente, han negado la inversión de recursos públicos por la existencia de limitantes relacionadas a las normas ambientales.
No sé hasta qué punto este par de argumentos hayan calado en la visión de la compañera de la Gobernación, siendo ella además una antigua funcionaria que ha visto cómo los proyectos de ordenamiento territorial, bien de carácter ambiental, productivo o de reconocimiento de territorialidades, se han acumulado con el paso del tiempo en el departamento. Más allá de qué tanto cambió su perspectiva, es precisamente esta la tarea de conversa a la que le hemos venido caminando y con la que buscamos tender puentes con instituciones que son fundamentales en el proceso de constitución de esta zona de reserva campesina.
¿Cómo, entonces, encontrarle virtudes a la figura? Más allá de las explicaciones y argumentos jurídicos, a lo largo de la colaboración que hemos dado a la construcción del Plan de Desarrollo Sostenible de La Guardiana, hemos podido observar discusiones sobre lo colectivo, sobre el acaparamiento de tierra, sobre la forma en que se tomarán decisiones en materias importantes, y todas estas conversaciones son la prueba de una reflexión política popular
Ahora, a pesar de los muchos espacios que hemos tenido con distintas instituciones y funcionarios, seguimos encontrando cortapisas en el proceso. Se trata de obstáculos diversos, siendo los burocráticos unos que aparecen de forma reiterada. Tiendo a pensar que estos son la expresión institucionalizada de una profunda desconfianza que se tiene frente a los campesinos en esta región del país.
En estos días pensaba: ¿qué es lo que resulta tan incómodo en la exigencia campesina de ser reconocidos incluso sin el acceso a la propiedad? Es claro que este grupo social sigue generando sospechas entre quienes toman decisiones sobre el futuro de áreas que le “pertenecen” a la nación y a la humanidad. Sobre las vidas y cuerpos campesinos, el ordenamiento jurídico impone unas condiciones que mantienen una exclusión histórica que parece ser determinante para un orden social que acaso depende de esta y otras formas de exclusión.
Frente a condiciones estructurales que se expresan, por ejemplo, en interpretaciones restrictivas de la inversión de recursos públicos en las áreas ocupadas por el campesinado, la figura de ZRC puede ser vista como un sedimento adicional que reificará estos modos de exclusión al campesinado.
¿Cómo, entonces, encontrarle virtudes a la figura? Más allá de las explicaciones y argumentos jurídicos, a lo largo de la colaboración que hemos dado a la construcción del Plan de Desarrollo Sostenible de La Guardiana, hemos podido observar discusiones sobre lo colectivo, sobre el acaparamiento de tierra, sobre la forma en que se tomarán decisiones en materias importantes, y todas estas conversaciones son la prueba de una reflexión política popular que se ha profundizado en el marco del proceso de constitución de la zona y que ha superado, por ejemplo, las limitaciones ideológicas de la sustracción de la zona de reserva forestal para la titulación de la propiedad privada.
La persistente marginalización del campesinado tiene una relación innegable con los efectos de los instrumentos normativos que conducen a categorizarlos como “ocupantes”, incluso ilegales, de los baldíos de la nación. Ese ordenamiento jurídico, fragmentado, incomunicado, que en veces ilegaliza y en veces apoya la ocupación y la producción agropecuaria en el Guaviare, es precisamente, por sus efectos, un campo que se debe disputar.

Ahora, esto no implica que baste con el “reconocimiento” de la subjetividad campesina o que la lucha tenga que darse sólo con abogados y entre burócratas. La ZRC es una de las múltiples herramientas, como lo es también mantener la expectativa de acceso a la propiedad como propietarios formales de la tierra, o como lo son las acciones de hecho, a través de las cuales el movimiento campesino ha apalancado sus proyectos como sujeto político.
Al final, la importancia del instrumento no es el instrumento. Es la distribución de poder que propicia, es la invitación a una profundización en las dinámicas organizativas y políticas del campesinado, es el cumplimiento de un anhelo que parece poner un paso más cerca el acceso al título de propiedad. Si lo importante no es el instrumento, entonces la tarea no acaba cuando el Consejo Directivo emita el acto administrativo de creación de La Guardiana del Chiribiquete.
El trabajo constante y desgastante para los líderes y lideresas se mantiene en un escenario en el que la ciudadanía completa tiene que seguir siendo luchada, por ejemplo, a través de la exigencia de cumplimiento del Plan de Desarrollo Sostenible. Seguir colaborando a largo plazo con las bases campesinas, con nuestros amigos y amigas de Calamar, es en donde se encuentra, tal vez, lo que rescata éticamente nuestro ejercicio.





