Salvando un mercado de bonos “chimbos”
Autor: Tomás Vergara Gutiérrez
Investigador asociado, Centro de Alternativas al Desarrollo-CEALDES, Antropólogo, tesista de maestría en medio ambiente y desarrollo
En las últimas semanas, el ministro de Ambiente, Fabio Arjona, y el nuevo director del IDEAM Andrés Herkrath, dieron declaraciones públicas en las que justificaron las razones para tomar dos determinaciones sobre el mercado del carbono en Colombia: la primera, revocar la reglamentación del mercado propuesta por el gobierno Petro, la segunda, proponer retirar el tope del 50% propuesto en la reforma tributaria del 2022, para recuperar la exención del 100% del impuesto al carbono.
En sus declaraciones sugieren que el límite del 50 % al mecanismo de no causación y la reglamentación que generó el gobierno Petro pusieron a los proyectos de reducción de emisiones en riesgo de quiebra. Por eso, hablan de salvar esos proyectos.
Según su lectura, Colombia tuvo un mercado boyante mientras las empresas podían utilizar los certificados de reducción de emisiones comprados en el mercado del carbono, conocidos como bonos de carbono, para evitar la causación del impuesto nacional al carbono.
La reforma tributaria de 2022 del Gobierno Petro estableció que los obligados a pagar este impuesto sólo podían evitar mediante el mecanismo de no causación el pago del 50% del impuesto. Así, en vez de que los proyectos privados recibieran todos los recursos vía compra de bonos de carbono, parte de estos recursos hoy son recaudados a través de la DIAN, y destinados, en parte, al Fondo para la Vida. Esto justamente es lo que el nuevo gobierno quiere cambiar.
A juicio del del ministro, la solución a la “catástrofe” generada por el gobierno anterior es recuperar la demanda de certificados ampliando nuevamente el mecanismo de no causación al 100%, y así permitir que el dinero, en lugar de dirigirse a fondos tanto públicos y como al sector privado, se distribuyera mayoritariamente a través de los privados que gestionan y venden esos certificados de reducción de emisiones.
Lo que ocultan sus argumentos es que, entre la compra de un crédito de carbono por parte de empresas como Terpel, Primax o Biomax para evitar el pago de un impuesto, y la llegada de esos recursos a las iniciativas de conservación y a la economía de las regiones, existe una cadena bastante más larga de lo que sugiere esa ecuación simplista.
Ocultando esta cadena, es fácil omitir los múltiples y serios cuestionamientos sobre qué calidad de certificados han circulado, qué tan reales o inflados son, quién los produjo, en qué condiciones, quién los controla, cuánto reciben las comunidades que cuidan los bosques para producirlos, cuánto del valor económico del bono capturan los intermediarios, y qué beneficio obtiene finalmente la empresa que los utiliza para dejar de causar un impuesto. Claro, estas son preguntas incómodas para quienes vienen de trabajar en esas empresas, pues sus respuestas revelan el tipo de mercado del que estamos hablando, el tipo de productos que vendieron en sus trabajos pasados, y las necesidades de generar reglamentaciones sobre la materia.
Es difícil pensar que ellos no son conscientes de los problemas del mercado de carbono. En el sector ambiental en Colombia estos problemas no son una hipótesis por comprobar. Basta una revisión rápida de lo que han documentado periodistas, institutos y oenegés independientes para advertir la cantidad de problemas que han tenido estos proyectos que quieren salvar. No haremos aquí un recuento de las decenas de denuncias públicas, de nuevos los procesos jurídicos que hoy están en la Corte Constitucional, de los cuestionamientos metodológicos, de la falta de acceso a la información, de la opacidad de los actores involucrados, de los conflictos de intereses, de los contratos firmados por líderes indígenas en situaciones dudosas, por personas que no estaban autorizadas para firmarlos, algunos por 100 años, etc., etc. etc. La lista es muy larga para un artículo de opinión.
Sin embargo, si vale la pena recordar que la Corte Constitucional, en la Sentencia 248, encontró varios problemas generales: insuficiencias regulatorias para los proyectos REDD+ en territorios colectivos, falta de un cuerpo normativo adecuado de salvaguardas y deficiencias en el control, la vigilancia y la supervisión estatal. Señaló expresamente que las afectaciones evidenciaban una problemática generalizada. Hoy varias de las órdenes que la Corte le dio al ministerio siguen sin cumplirse. También vale recordar que la Defensoría del Pueblo advirtió, en su Alerta Temprana 007 de 2024, riesgos para los liderazgos ambientales que se oponen a los proyectos REDD+, por cuenta de que estos proyectos significaban extorsiones o del pago de vacunas a grupos armados en las regiones. En regiones del país se sabe que grupos armados cobran porcentajes de lo que reciben las comunidades.
A pesar de los reiterados cuestionamientos, hoy los resultados de estos proyectos se siguen vendiendo y utilizado en el mecanismo de no causación para que los grandes contaminantes paguen menos impuestos por contaminar, y esto lo hacen sin ningún control, ni siquiera con un mecanismo claro que permita retirarlos de la contabilidad ambiental, sancionar a los que los generan o utilizan, o resarcir los daños económicos al recaudo derivados de presentar certificados de reducción de emisiones sin integridad ambiental y/o social. Se configura así una especie de fraude fiscal, o en otras palabras, una compensación ambiental privada “chimba”.
Frente a semejante panorama, la postura del gobierno deja de lado el hecho de que hoy, muchos de los proyectos REDD+ que quiere salvar están construidos sobre la presunta violación de derechos al consentimiento libre previo e informado, la libre determinación, el acceso a la información ambiental, tienen una contabilidad ambiental opaca y mediocre que no permite el control ciudadano, y afecta directamente, no solo el recaudo fiscal que asumiremos todos con los ajustes tributarios, sino fundamentalmente el derecho al medio ambiente sano de todos los colombianos.
La distribución de beneficios: calculado sobre bases erradas
Hay otra línea del argumento que siguen el ministro y el director del IDEAM que merece atención. Arjona considera que los proyectos deberían garantizar que las comunidades nunca reciban menos del 60%; es decir, que su participación sea, como mínimo, de ese orden. La intención distributiva parece razonable. El problema es que hablar del 60% sin preguntarse sobre qué base se calcula puede terminar siendo una extraordinaria manera de discutir justicia distributiva sin discutir realmente la distribución.
Pensemos en un ejemplo sencillo: un proyecto genera reducciones de emisiones y cada una se vende por $13.000. Si la comunidad recibe el 60%, como estableció el contrato de mandato sobre el que se fundamenta el negocio, obtiene $6.760 por tonelada. Sobre el papel, la comunidad se llevó “la mayoría”. Pero ahí no necesariamente terminó la vida económica del certificado. Ese crédito pasa a un comercializador, cambia nuevamente de manos y termina siendo cancelado por una empresa para acceder a la no causación del impuesto nacional al carbono años después. Para el 2024, la tarifa del impuesto fue de $25.799,56 por tCO₂e. En 2006 es de $29.070,49.
Si una comunidad recibe $6.760 sobre una venta de $13.000, pero ese mismo activo termina produciendo después un beneficio económico significativamente superior, no podemos decir simplemente que la comunidad recibió “el 60% de los beneficios”. En realidad, si el bono se usó para no pagar un impuesto en 2024 de más de 25 mil pesos, la comunidad recibió entonces alrededor del 26,2% de la tarifa que la empresa contaminante dejó de pagar. Esto en el mejor de los casos.
Y digo en el mejor de los casos, puesto que la porción recibida por las comunidades puede ser menor, si el certificado de reducción de emisiones, por ejemplo, generado en 2021 se usa para no causar el impuesto cuando la tarifa ha aumentado, por ejemplo, en el 2026. En este periodo de 5 años, tiempo en el que un certificado es válido, la tarifa de no causación subió 65%. En otras palabras, el aumento de precio en la tarifa del impuesto sumado a la validez de cinco años de los certificados para presentarse en el mecanismo de no causación hoy beneficia principalmente a quien controla los bonos durante el tiempo que son válidos, no a quienes los producen.
Por eso, la pregunta no debería ser únicamente cuánto recibió la comunidad cuando se expidieron o vendieron los créditos. También deberíamos preguntar quién controló los certificados desde ese momento, quién decidió cuándo venderlos y quién capturó la valorización producida durante su vida económica.
Si hacemos estas preguntas, veremos que los 2 billones de los que habla el director del IDEAM se quedarán, no en las regiones ni comunidades indígenas, sino en los bolsillos de las pocas empresas desarrolladoras, los ya famosos carbon cowboys, y en las empresas contaminantes, que pagarán mucho menos por sus obligaciones tributarias por contaminar la atmósfera.
Pareciera entonces que la nueva política del Gobierno tampoco hará un esfuerzo por una trazabilidad robusta, técnicamente cualificada, que garantice resultados con integridad ambiental y social. Lo que prioriza es permitir a empresas transnacionales que contaminan “compensar” a través de resultados de reducción de emisiones “chimbos”, altamente cuestionables, producidos en proyectos opacos, y gestionados por intermediarios privados que se mueven en escenarios altamente especulativos.
En definitiva, si el Gobierno quiere convertir el carbono en “una fuente de riqueza”, entonces discutamos seriamente, y con información abierta, pública y de calidad, sobre quién se apropia del valor durante toda la cadena de los bonos de carbono que se producen y consumen en el mercado doméstico para el mecanismo de no causación, no solamente durante el instante más barato de la transacción.
Llegará el día en que se demuestre que estos proyectos que quieren salvar violaron derechos, y con ello quedará en tela de juicio los efectos tributarios que tuvieron ante el mecanismos de no causación para los que sus resultados fueron usados. Ese día se materializará un riesgo que dejará mal parado a estos que quieren beneficiar con estas políticas. Hasta entonces, al parecer, este gobierno, peor que el anterior, seguirá recibiendo bonos “chimbos”, en vez de cobrarle todos los impuestos que corresponden a las empresas que contaminan la atmósfera.
1. El impuesto nacional al carbono es el impuesto que las empresas contaminantes deben pagar por cada tonelada de CO₂ que se emite y contamina la atmósfera.
2. El Fondo para la vida es un fondo administrado por el Ministerio de ambiente y Desarrollo sostenible que prioriza la inversión de esfuerzos en la contención de la deforestación, especialmente en regiones priorizadas como la Amazonía y zonas con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y financia los Incentivos a comunidades como Conservar Paga
3. Institutos como el Instituto SINCH o el ICANH: https://www.sinchi.org.co/diagnostico-de-proyectos-redd-en-la-amazonia-colombiana
4. Dejusticia; Censat; Cinep; FCDS; Tropenbos Colombia; Gaia amazonas; WWF; Cealdes, Transparencia por Colombia y GFI; el Centro de Empresas y Derechos Humanos; la Pastoral Social; e Incluso más de un Relator Especial de Cambio Climático de la ONU.




